El fiscal pedía seis años de prisión.
Un hombre que se enfrentaba a seis años de prisión acusado de un delito de agresión sexual ha sido finalmente absuelto por la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona.
Para los magistrados, de la declaración de la denunciante no «quedó suficientemente probado lo que realmente aconteció. Ni en modo alguno la existencia de una relación sexual en los términos mantenidos por la acusación».
La sentencia declara probado que a últimas horas de la tarde del 8 de noviembre de 2020, el acusado –que tenía 22 años, de nacionalidad marroquí y con antecedentes penales– se aproximó a un turismo que se encontraba en la calle Vint de Bonavista. En su interior se hallaba una mujer de 24 años.
Un hombre que se enfrentaba a seis años de prisión acusado de un delito de agresión sexual ha sido finalmente absuelto por la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona.
Para los magistrados, de la declaración de la denunciante no «quedó suficientemente probado lo que realmente aconteció. Ni en modo alguno la existencia de una relación sexual en los términos mantenidos por la acusación».
La sentencia declara probado que a últimas horas de la tarde del 8 de noviembre de 2020, el acusado –que tenía 22 años, de nacionalidad marroquí y con antecedentes penales– se aproximó a un turismo que se encontraba en la calle Vint de Bonavista. En su interior se hallaba una mujer de 24 años.
En un momento dado, el acusado accedió al interior del vehículo por la puerta del copiloto. La conductora arrancó el vehículo y dio una vuelta, regresando al lugar de inicio. La mujer, sobre la una de la madrugada, salió del turismo y se dirigió hacia una patrulla de la Guàrdia Urbana. «No consta acreditado que el Sr. (...), en el interior del vehículo, contra la voluntad de (...), la besara en la boca o la obligara a hacerle una felación».
«Declaración desordenada»
Un hombre que se enfrentaba a seis años de prisión acusado de un delito de agresión sexual ha sido finalmente absuelto por la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona.
Para los magistrados, de la declaración de la denunciante no «quedó suficientemente probado lo que realmente aconteció. Ni en modo alguno la existencia de una relación sexual en los términos mantenidos por la acusación».
La sentencia declara probado que a últimas horas de la tarde del 8 de noviembre de 2020, el acusado –que tenía 22 años, de nacionalidad marroquí y con antecedentes penales– se aproximó a un turismo que se encontraba en la calle Vint de Bonavista. En su interior se hallaba una mujer de 24 años.
En un momento dado, el acusado accedió al interior del vehículo por la puerta del copiloto. La conductora arrancó el vehículo y dio una vuelta, regresando al lugar de inicio. La mujer, sobre la una de la madrugada, salió del turismo y se dirigió hacia una patrulla de la Guàrdia Urbana. «No consta acreditado que el Sr. (...), en el interior del vehículo, contra la voluntad de (...), la besara en la boca o la obligara a hacerle una felación».
«Declaración desordenada»
La Sala asegura que la declaración de la mujer fue «desordenada y confusa». Narró que estaba en el coche en una zona de bosque y que se le acercaron dos personas. Una entró por la puerta del copiloto y el otro lo intentó por la de atrás.
El fiscal le preguntó por una posible relación sexual y ella contestó que «no le obligó exactamente», que ella le decía que podía ser su madre y él contestó que no le importaba. Ella le manifestó incluso que podían ir a su casa, pero él contestó que no.